miércoles, 7 de septiembre de 2011

El principio de irretroactividad de las leyes

1. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Según este artículo 9 de la CE la irretroactividad de las leyes es una garantía para los/las ciudadanos/as. Razona esta afirmación.

2 comentarios:

Mari cruz dijo...

Mari cruz- DERECHO CIVIL
Relaciones Laborales y Recursos Humanos - Grupo 01

Mari cruz dijo...

Mª Cruz Arróniz Arguiñena
Curso 1º - Grupo 01 - Relaciones Labores y Recursos Humanos

Con el fin de desarrollar el trabajo del curso. Mi opción es:
EL PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LAS LEYES.